Documento: Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

Descargar mapa
Infórmanos sobre un conflicto Contacto


Titulo Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Lugar
Sitio http://www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml#a25
Tipo de documento
Tipo documento con relación al conflicto Legislación pertinente
Fecha 10/12/1948
Creado
Actualizado 13/4/2024

Descripción

Artículo 25. * 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. * 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.