Documento: Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

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Titulo Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Lugar
Sitio http://www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml#a25
Tipo de documento
Tipo documento con relación al conflicto Legislación pertinente
Fecha 10/12/1948
Creado
Actualizado 25/11/2024

Descripción

Artículo 25. * 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. * 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.