Documento: Artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

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Titulo Artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Lugar
Sitio http://www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml#a22
Tipo de documento
Tipo documento con relación al conflicto Legislación pertinente
Fecha 10/12/1948
Creado
Actualizado 15/12/2024

Descripción

Artículo 22. * Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.