Documento: Ley 5001

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Titulo Ley 5001
Lugar Chubut
Sitio http://www.chubut.gov.ar/ambiente/imagenes/5001.pdf
Tipo de documento
Tipo documento con relación al conflicto Legislación pertinente
Fecha 9/4/2003
Creado
Actualizado 17/12/2024

Descripción

L E Y Nº 5.001 . LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE L E Y Artículo 1°.- Prohíbese la actividad minera metalífera en el ámbito de la Provincia del Chubut, a partir de la sanción de la presente Ley, en la modalidad a cielo abierto y la utilización de cianuro en los procesos de producción minera Artículo 2°.- El Consejo Provincial del Ambiente (COPRAM) creado por la Ley N° 4.563 e integrado conforme los términos del Decreto Provincial N° 180/03, determinará en el plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos, a partir de la sanción de la presente Ley: a) La zonificación del territorio de la provincia para la explotación de recursos mineros, con la modalidad de producción autorizada para cada caso. b) La definición de las áreas en que se exceptuará la prohibición establecida en el artículo 1° de la presente Ley. Artículo 3°.- La aprobación de la zonificación propuesta por el Consejo Provincial del Ambiente (COPRAM) en los términos del artículo 2° de la presente, se efectuará por Ley. Artículo 4°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.