Descripción
7.601
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º.- Declárase al departamento Famatina en Emergencia Hídrica.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 118° Período Legislativo, a cuatro días del mes de diciembre del año dos mil tres. Proyecto presentado por el diputado ADOLFO PEDRO DIAZ.-
L E Y Nº 7.601.-
FIRMADO:
ROLANDO ROCIER BUSTO - VICEPRESIDENTE 1° - CAMARA DE DIPUTADOS
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
RAUL EDUARDO ROMERO ? SECRETARIO LEGISLATIVO