Descripción
En una derrota para la multinacional AngloGold Ashanti, el Juzgado 15 administrativo de Medellín decidió negarle la solicitud que interpuso la compañía buscando suspender un acto administrativo y Acuerdo municipal, por medio de los cuales se prohibió la minería de metales en Jericó, Antioquia.
Según el fallo, la empresa pidió que se protegiera «de manera temporal e inmediata el ejercicio de la actividad legítima de la minería desarrollada». Cabe recordar que AngloGold Ashanti busca comenzar la construcción de una mina de cobre, conocida como La Quebradona, en Jericó para el año 2020. (Le puede interesar: «Anglo Gold Ashanti desconoce acuerdo municipal que prohíbe la minería«)
Sin embargo, un Acuerdo municipal que fue aprobado el año pasado y luego fue respaldado por un acto administrativo del pasado mes de enero, han logrado oponerse al desarrollo de este proyecto. La multinacional argumentó en su demanda que estas decisiones municipales implican graves consecuencias económicas para la empresa y sus trabajadores.
Además, sostuvo que la administración y el concejo municipal asumió «competencias de las que carece para prohibir en su jurisdicción en forma absoluta las actividades mineras por ser de interés nacional, requiriendo de estudios técnicos y una adecuada participación y concertación con las instancias gubernamentales correspondientes».
Al respecto, el juez reconoció los argumentos que dieron el municipio para prohibir la minería, entre ellos, los graves impactos ambientales y sociales que ocasionarían estas actividades. Además, resaltó el juicio del Consejo de Estado, por medio del cual determinó la posibilidad constitucional que ostentan los Concejos Municipales para dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.
Según José Fernando Jaramillo, coordinador de la Mesa Ambiental de Jericó, el municipio sigue a la espera de que se pronuncie el Tribunal Administrativo de Antioquia sobre la validez del acuerdo mencionado. Además, indicó que el Juzgado 33 administrativo de Medellín también se encuentra revisando un demanda del Ministerio de Minas y Energía sobre esta mismo tema.
El coordinador aseguró que la decisión del juzgado 15 generó una precedente importante para Jericó y el resto del país porque reconoce el artículo 313 de la Constitución, que le da la facultad a los municipios para proteger sus patrimonios ecológicos y culturales.