A inicios de febrero de 2006, SQM Industrial, filial de Soquimich, presentó ante la Conama (institución ambiental de ese entonces) un proyecto minero denominado "Sononal", que pretendía aumentar en más del doble la producción anual de extracción de yodo de su planta Nueva Victoria, sin embargo, desde las autoridades se realizaron cuestionamientos debido al impacto que podruciría en la zona, ya que pretendía afectar diversos ecosistemas salares, asi como la Quebrada Amarga, por lo que la empresa decidió retirar su proyecto del sistema de evaluación. Sin embargo, dos años más tarde, la empresa volvió a presentar su proyecto, pero esta vez con un nombre distinto y con casi cinco veces la inversión inicial que había presentado en 2006.
Pampa Hermosa desde un comienzo enfrentó cuestionamientos por su alta demanda de agua en los acuíferos de dos zonas de alta escasez hídrica: la Pampa del Tamarugal y el Salar de Llamara. En su primera presentación, el proyecto Soronal comprometía una demanda de agua de 395 lt/seg, y el proyecto Pampa Hermosa, establecía una demanda de agua de 735 lt/seg.
El proyecto afecta directamente varios ecosistemas de valor único como el Salar de Llamara, Salar Sur Viejo, Salar Bellavista y la Quebrada Amarga. Estos salares están emplazados en zonas áridas y desérticas, donde el agua juega un rol fundamental en la existencia de flora y fauna en estado de conservación, como el algarrobo blanco y el tamarugo. Asimismo, el Salar de Llamara constituye un registro único en la historia de la tierra, es uno de los pocos lugares en donde se pueden encontrar estructuras prehistóricas denominadas “estromatolitos” (rocas sedimentadas conformadas por células fosilizadas de crecimiento lento en capas de cianobacterias), que han logrado mantener su línea evolutiva en el planeta por más de 3.600 millones de años.
Las comunidades de Pozo Almonte, que dependen de este ecosistema, a través del turismo local principalmente y de las pocas reservas hídricas que van quedando, utilizaron como una de las principales instancias de participación ciudadana como una de las principales vías que tuvo la comunidad opositora del proyecto para dar a conocer su argumentación de por qué se oponen al proyecto.
A pesar de toda la oposición ciudadana contra el proyecto, las autoridades aprobaron el EIA de Pampa Hermosa con ccondiciones que la empresa debía cumplir, donde se establecía, entre otras cosas, que la empresa se comprometía a implementar una “barrera hidráulica” para mantener los puquíos del Salar Llamara sin alteraciones, y en caso de falla de la barrera, debían implementar un Plan de Alerta Temprana.
En junio de 2011 Pampa Hermosa inició su fase operativa, y casi seis meses después, en enero de 2012 la DGA envía los resultados del primer informe de seguimiento comprometido por la empresa, donde se evidencia la disminución de agua en dos de los pozos de bombeo en los que estaban trabajando. En diciembre de 2012, la misma entidad estatal envío un nuevo informe al SEA, dando cuenta de que los dos pozos mantenían su disminución, y además, en diez de ellos había aumentado la temperatura por sobre valores históricos, y en siete de ellos, había incremento en los niveles de arsénico. En marzo de 2013, la DGA envía un nuevo informe a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), donde se evidencia que la empresa altera los valores de medición en los niveles de agua. En noviembre de 2013, la SMA decide realizar una inspección al proyecto, identificando como incumplimiento el riego de tamarugos, sin ahondar en lo constatado en los informes anteriores por la DGA. En abril de 2014, la DGA vuelve a notificar a la SMA sobre este proyecto, y esta vez, era porque la empresa había cambiado los parámetros de medición en los pozos de Salar de Llamara, sin notificación previa a ninguna autoridad, y vulnerando la RCA establecida en 2010.
En medio
de todos estos informes emitidos por la DGA, en agosto de 2013 el Ministerio de Bienes Nacionales decretó la incorporación de 24 mil hectáreas a la Reserva Pampa del Tamarugal
Cuando la DGA ya había enviado los tres primeros informes alertando sobre la grave situación hídrica, el Salar de Llamara hizo noticia por otra vía. En agosto de 2013, el Ministerio de Bienes Nacionales decretó la incorporación de las 24 mil hectáreas del salar a la Reserva Pampa del Tamarugal, las que se convirtieron en un “sitio prioritario de conservación y protección de interés mundial”.
Frente a todo este historial de incumplimientos ambientales por parte de la empresa, grupos ambientalistas comenzaron a presionar a las autoridades locales de la zona, y que llevaron a que el Consejo Regional (Core) de Tarapacá realizará una denuncia a la empresa frente a la SMA, por eventuales incumplimientos a la Resolución de Calificación Ambiental. Esta denuncia se dio bajo un contexto, según denunciaron los mismos concejales, en un escenario de presión político desde el oficialismo, para proteger a la empresa. Donde que operadores de al menos dos senadores concertacionistas s recibieron recursos de SQM, interceder en favor de la empresa y frenar la denuncia
Luego de un proceso investigativo que decide emprender la SMA dada la denuncia, en junio de 2016, la SMA formula ocho cargos contra la empresa por el proyecto Pampa Hermosa (una de carácter gravísimo, dos graves y cinco leves), arriesgando incluso la revocación de la RCA del proyecto. La empresa se acogió a la Ley, y presentó un plan de cumplimiento a la autoridad, como respuesta ante los cargos imputados. Los detractores del proyecto, señalan que este plan solo es una forma de sacar ventaja a las irregularidades detectadas, y le restan valides a que efectivamente se vaya a realizar o pueda significar una real remediación al daño causado en los pozos de extracción de agua. Esto, porque en su programa la compañía propuso asimismo una nueva Resolución de Calificación Ambiental, que les permitiría eventualmente poder flexibilizar los estándares de medición y seguimiento. A la fecha, aún la SMA no se pronuncia sobre la propuesta presentada por la empresa, por lo que el conflicto aún está en desarrollo.
El tribunal ambiental a principios del 2008, clausoro la extraccion y uso de agua en Salar de Llamara, 3 a 6 meses, acreditanto un adecuad control de aguase ante la SMA, por el grave daño a los puquios o manantiales del Salar, por el incumplimiento de las sanciones del Resolución de Calificación Ambiental RCA 890/2010, no implentaron la barrera hidraulica ni la activar el sistema de alerta temprana y modificaciones a los valores de mitigacion.