Mediante Ley 25284, se transfirió a favor del Gobierno Regional de la Región Grau los derechos especiales del Estado en el Yacimiento Polimetálico Tambo Grande.
La Ley 26992 reemplazó a los gobiernos regionales por los Consejos Transitorios de Administración Regional - CTAR, quienes asumieron el patrimonio correspondiente a su respectivo departamento En este caso, el CTAR Piura asumió la titularidad de los derechos mineros del Proyecto Tambogrande.
El año 1999 Minero Perú (empresa estatal), hoy Centromin Perú S.A., y Manhattan Minerals Corp. celebraron un contrato de opción en el que se comprometían a constituir una empresa para ejecutar el proyecto minero Tambogrande. En esa sociedad Centromin Perú S.A. aportaría sus concesiones mineras.
El contrato de opción permitió a Minera Manhattan presentar la Evaluación Ambiental de la fase de exploración para el TG 1, y luego el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para la fase de explotación, el 9 de diciembre de 2002.
Previamente a ello, minera Manhattan dio a conocer el proyecto y el hidrogeólogo norteamericano Robert Morán hace un estudio de la línea base del EIA dando a conocer sus muchas deficiencias.
La mayoría de agricultores, liderados por Godofredo García, iniciaron movilizaciones en contra de la mina en el pueblo de Tambo Grande y en Piura, obteniendo el apoyo no solo de la población del lugar, sino de gente de Lima y del extranjero, y de organizaciones como la Comisión Episcopal de Acción Social y otras ONGs como Oxfam. Se recurrió además a una ingeniosa campaña de promoción; “Sin Limón No Hay Ceviche”, que busco tocar una de las fibras más sensibles de los peruanos.
Las cosas tomaron otro tono cuando en el 30 de Marzo del 2001, asesinaron a Godofredo García. Un encapuchado lo mató cerca de sus campos, cuando estaba viajando en su auto acompañado de su hijo. Este lamentable hecho está oscuramente relacionado con la Manhattan y nunca ha sido esclarecido, sin embargo sus orígenes son evidentes.
La presión social de las comunidades, impulsó a la empresa a sostener que si la población se manifestaba en contra del proyecto no lo realizaría. Es por ello que, el 02 de junio del 2002, la Municipalidad Distrital de Tambogrande realizó una Consulta Ciudadana sobre la pertinencia del desarrollo de actividad minera en el distrito. El 95.24% de la población opinó que no quería minería en su localidad. La voluntad del pueblo se hizo escuchar aunque la empresa y el Estado nunca lo reconocieron explícitamente. Esto llevó a que finalmente el Estado diera fin al contrato establecido con la minera multinacional Manhattan.
El proceso de evaluación del EIA presentó muchas irregularidades. El EIA fue presentado en inglés, de manera incompleta. Faltaban, como lo advierte INRENA el 12 de diciembre del 2002 y luego un funcionario de la Dirección General de Asuntos Ambientales del MEM el 6 de enero de 2003, 21 tópicos de información relevante. Para que la empresa cumpliera con adjuntar la información faltante la Dirección General de Asuntos Ambientales suspendió el procedimiento indefinidamente. Luego de esta suspensión hubo otras que se justificaron en la necesidad de informar a la ciudadanía, algo que no ocurrió.
En noviembre del año 2003 se programaron las audiencias públicas, parte necesaria del procedimiento de evaluación del EIA. La población de Tambogrande decidió no participar de ellas y expresar su rechazo al proyecto minero en las calles de Piura. En este contexto el Ministerio de Energía y Minas decidió suspender las audiencias.
El 10 de diciembre de 2003, Centromin Perú, comunicó formalmente a Minera Manhattan Corp. la resolución del contrato de opción celebrado por ambas, debido a que esta última había incumplido con dos obligaciones establecidas en dicho contrato. Es decir, al 1 de diciembre de 2003, Manhattan no logró acreditar, de manera suficiente, el
tener en operación un complejo minero con una capacidad de tratamiento promedio equivalente a 10,000 TM/día de minerales y un patrimonio neto de US$ 100 millones.
No conforme con esa decisión, Manhattan Minerals Corp., en virtud de lo establecido en el contrato de opción para la solución de controversias, solicito el arbitraje del Instituto Nacional de Minería, Petróleo y Energía a fines de enero de 2004. La solicitud fue planteada fuera de plazo.
En febrero del 2005 la empresa decidió desistir de la explotación en Tambogrande y anunció el retiro de Perú. La compañía indicó, según noticia del diario la República, que no encontró un socio que le permitiera “cumplir con las exigencias del Estado peruano y superar la férrea oposición del pueblo de Tambogrande.
No obstante, dentro de la localidad de Tambogrande han existido esfuerzos por parte de agentes privados por retomar las actividades mineras de la zona, donde se ha planteado la realizacion de un proyecto llamado " El Algarrobo", el cual no es otra cosa que el yacimiento TG-3, uno de los tres que formaron parte en su momento del controvertido proyecto Tambogrande, el cual no considera la mineralización del TG-1 (Mina a tajo abierto) ubicado debajo del pueblo de Tambogrande por las implicancias sociales, ambientales y de seguridad que representaría su explotación, privilegiando la extraccion subterranea. Este proyecto considera un area de influencia de alrededor de 11.962.2 hectareas, afectando un total de 15.000 habitantes de las localidades de Locuto, Angostura, San Martin de Angostura, Ocoto Alto, La Greda Nueva, La Greda Antigua y el Carmen. Se dio a conocer que se trata de una iniciativa privada autosostenible (IPA), que podría ser adjudicada en el tercer trimestre del 2019, en la cual aún no se obtiene informacion sobre cuales serán las conseciones