Descripción del conflicto minero:
La implementación del proyecto Hidrometalúrgico de Coro Coro significa para las comunidades asentadas en la zona la violación de múltiples derechos, como el derecho a la consulta previa, libre e informada, la usurpación de suelos, el desvió de aguas, las amenazas físicas contra dirigentes y la constante incertidumbre sobre la segunda etapa del proyecto.
Existen además muchas denuncias de los comuneros por fugas que ocurren en el proceso. Un accidente en el ducto que traslada los líquidos residuales al dique de colas, que habría ocurrido en mayo de 2010, no ha sido declarado ante la autoridad ambiental competente. Además, la geomembrana del dique de colas ya ha sufrido varios accidentes por infiltración y una rotura por mal manejo.
El análisis de los datos presentados permite deducir que la empresa y el pueblo están consumiendo el 79% del caudal total del río Pontezuelo, dejando tan sólo el 21% para la continuidad del cauce. Este porcentaje debe servir para el cumplimiento de su función ecológica y el uso de otras comunidades. Otro dato importante a tomar en cuenta es que este consumo de agua es solo con la mitad de su capacidad productiva. Una vez que llegue al 100% de capacidad, requerirá el doble de volumen.
En los últimos 10 años el territorio de los Pacajes ha iniciado un proceso de reestructuración y reorganización denominado proceso de reconstitución, lo que significa que este territorio ha pasado a formar un Suyu (territorio ancestral) con un sistema organizativo basado en la estructura y cosmovisión indígena-originaria, que tiene como uno de sus pilares centrales la dualidad de cargo. Eso significa que la autoridad principal es la dualidad conformada por el Jiliri Apu Mallku y su Mama Talla, representantes de una de las parcialidades del Suyu quienes además se complementan con el Arquiri Apu Mallku y su Mama Talla como segunda autoridad y que representa a la otra parcialidad.
Siendo así, el supuesto es que las decisiones y acciones son asumidas de manera dual (en pareja) y orgánica. Por ello, todas las acciones de demanda y denuncia de los avasallamientos mencionados han sido asumidos por las autoridades correspondientes y desde la defensa del territorio y el derecho a la autodeterminación de los pueblos y naciones indígenas.